Señor Diputado, la Reforma Energética sí sienta las bases para el despojo del territorio

Alianza Mexicana Contra el Fracking

13/1/2015

Prensa
A bote pronto

Nos preguntamos si el Diputado local de Coahuila Antonio Nerio Maltos ha revisado a fondo la legislación secundaria de la Reforma Energética, ya que nos sorprenden enormemente sus recientes declaraciones en torno a la misma. Así, el Diputado ha señalado que dicha reforma no supondrá el despojo de las y los campesinos de dicho estado, en el que se planea explotar hidrocarburos de lutitas a través de la fracturación hidráulica (fracking). Para apoyar esta afirmación da argumentos que están lejos de ajustarse al cuerpo de leyes aprobado el 11 de agosto de 2014. Veámoslos más a detalle:

  1. Afirma que no se producirá la expropiación de las tierras. Suponemos que esto lo señala dado que la Ley de Hidrocarburos finalmente no hizo referencia específica a la expropiación como mecanismo de acceso a la tierra. Sin embargo, lo que no sabemos si sabe es que en México existe una Ley de Expropiación la cual puede aplicarse en el caso de que se trate de una actividad considerada de utilidad pública y que, en este sentido, tanto la Constitución como la Ley de Hidrocarburos señalan claramente que la industria petrolera tiene este carácter. Es decir, en caso necesario las empresas podrán reclamar al Estado mexicano la aplicación de esta figura para acceder a los terrenos, aunque se trate de tierras ejidales o comunales.
  2. Otro de los argumentos que pone sobre la mesa es el hecho de que los campesinos tendrán “la suerte” de poder rentar sus terrenos a las empresas. Pero lo que no explica es que, en caso de que se nieguen a ceder sus terrenos, la figura de la servidumbre legal establecida en la Ley de Hidrocarburos forzará a los propietarios a rentar sus tierras contra su voluntad. Esta figura no ha sido creada para el beneficio de los propietarios. Muy al contrario, beneficiará a las compañías de fracking porque es a ellas a quien interesa contratos de arrendamiento de corta duración y no la compra definitiva de las tierras. Esto es debido a que los pozos en los que se aplican esta técnica tienen una muy corta vida, dado sus altas tasas de declinación que se sitúan entre 29 y 52% anual. Así, en 3 años la empresa se irá, dejando a su paso el cóctel de químicos que envenenará la tierra e imposibilitará el uso de los terrenos para otras actividades, como la agraria o la ganadera.
  3. Ah, pero dice el Diputado, los propietarios recibirán un pago en función de las utilidades de los proyectos que se desarrollen en los mismo. Lo que no señala, sin embargo, es que este pago sólo se dará en aquellos casos en que los proyectos sean comercialmente viables, es decir, que produzcan suficiente para hacerlos rentables. Y esto no está para nada asegurado, ya que la propia industria gasífera de Estados Unidos ha señalado que hasta 80% de los pozos que perforan para la extracción de gas seco (justo el tipo de recurso que se espera encontrar en los yacimientos de Coahuila) no resultan comerciales. Así, hay grandes posibilidades de que los dueños renten sus terrenos con la esperanza de recibir un pago que nunca se materializará. Lo que sí será muy real será la degradación que sufrirán estas tierras al estar sometidas a la dañina técnica del fracking.

Ante estos hechos, desde la Alianza Mexicana contra el Fracking nos gustaría preguntarle al señor Diputado, si esto no es despojo, ¿qué es?

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